Chilpancingo, octubre 30, 2026.- La Red para el Avance Político de las Mujeres Guerrerenses consideró inconstitucional la resolución del Tribunal Electoral del Estado (TEE) que redujo de 18 a tres los municipios en los que los partidos políticos estarán obligados a postular exclusivamente a mujeres para las alcaldías en la elección del próximo año.
Ayer, integrantes de la Red protestaron en el TEE durante la sesión del órgano que resolvió modificar los lineamientos para las postulaciones del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana (IEPC).
Mientras que en redes sociales la organización expuso que los derechos humanos y, particularmente, los derechos político-electorales de las mujeres indígenas no deben someterse a consulta. Argumentó que el artículo 2 de la Constitución reconoce el derecho de las mujeres indígenas a participar en la vida política en condiciones de igualdad.
La resolución del TEE establece que los partidos deberán registrar mujeres en Iguala, Leonardo Bravo y Coahuayutla. En los otros 15 municipios que el IEPC había incluido en la medida, el Tribunal ordenó realizar una consulta a los pueblos indígenas y afromexicanos una vez concluido el proceso electoral de 2027.
El órgano jurisdiccional revocó la acción afirmativa en esos municipios al considerar que, debido a que cuentan con más de 40 por ciento de población indígena o afromexicana, una medida de este tipo debe someterse a consulta, conforme a lo establecido en la reforma al artículo 2 constitucional en materia de pueblos originarios.

